El día lunes 04 se produjo un violento allanamiento por parte de Fuerzas Especiales de Carabineros en contra de la Comunidad Mapuche de Temucuicui, en la comuna de Ercilla, IX región de la Araucanía. El operativo se inició aproximadamente a las 08:00 horas, cuando carabineros ingresó a la comunidad, supuestamente buscando a comuneros Mapuche con órdenes de detención.
Gulumapu_Alrededor de 100 efectivos, en buses de las Fuerzas Especiales, utilizando la violencia extrema allanaron y destruyeron la vivienda del Werken Víctor Queipul Huaiquil, quien el dia de ayer inicio un juicio en el Tribunal de Garantía de la ciudad de Collipulli por acusaciones formuladas por el particular René Urban.
Porteriormente en un camino interior de la comunidad, el menor de 13 años Patricio Queipul Millanao fue reducido y subido a un bus policial donde efectivos policiales procedieron a interrogar y agredirlo con golpes de puño y patada hasta que el operativo concluyó, momento en que el menor fue abandonado en un lugar lejano a su hogar y con serias lesiones producto de la golpiza.
Frente a la agresion del menor Patricio Queipul creemos como Organización Mapuche que estos hechos violan no solo la legislación chilena, si no también disposiciones de la Convención de los Derechos del niño de la ONU (Convención de los Derechos del Niño de la ONU, resolución 44/25 de 20 nov. 1989). Es así como en el marco del denominado Conflicto Mapuche se han venido sucediendo con cada vez mayor frecuencia, graves y reiterados atropellos a niños menores de edad, tanto en comunidades como en movilizaciones en la ciudad, siendo victimas de detenciones ilegales, golpes, tortura y heridas a bala, producto de la brutalidad policial.
También cabe mencionar que la Comunidad Mapuche de Temucuicui ha sido reprimida duramente en diversas ocasiones. Sobre ella pesa una férrea vigilancia de parte de Fuerzas Especiales, quienes supuestamente resguardan los intereses de Rene Urban, pero en realidad sólo se encargan de hostigar sistemáticamente a los habitantes de la Comunidad.
Como lo indica la Declaración de los Derechos del Niño “el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.”
Como lo indica la Declaración de los Derechos del Niño “el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.”
Articulo 2: “Los estados partes respetaran los derechos enunciado en la presente convención y aseguraran su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social.”
Articulo 2 numeral 2º: “Los estados partes tomaran todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición , las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres o sus tutores o de sus familiares. “
Articulo 6: “Los estados partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida”
Como podrán apreciar los hechos acontecidos en las inmediaciones de la ciudad de Ercilla y que afectan a los comuneros Mapuches de Temucuicui durante la jornada del día 6 de Agosto, demuestran que los agentes del Estado, como lo son carabineros ha vulnerado en forma flagrante y grave la convención de las Naciones Unidas sobre protección del niño.
Hacemos un llamado a denunciar y solidarizar sobre estos hechos para que no se siga propagando la arbitrariedad y la impunidad con que actúa las fuerzas represivas del estado chileno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario